ACTA CONSTITUTIVA
Capitulo 1
En la ciudad de Tapachula, Estado de Chiapas, a los
7 siete días del mes de Junio del 2012 dos mil doce, ante mí, Licenciado Sergio
Alberto Amores Gutierrez, Notario Público Número 124, en actual ejercicio para
el Estado de Chiapas, comparecio;Catherine Pamela Barrios Matus
Que han convenido constituir una SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE y para tal efecto, se solicitó y obtuvo permiso de la
Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Asuntos Jurídicos,
Dirección de Permisos Artículo 27 Veintisiete Constitucional, el cual fue
concedido por la Delegación de mencionada Secretaría en esta ciudad, con fecha
24 de Mayo del presente año. Correspondiéndole el número 08000141 cero ocho
cero cero cero uno cuatro uno, expediente 0007000250 cero cero cero siete cero
cero cero dos cinco cero, documento que el Notario tiene a la vista y que
agregará al apéndice de este instrumento, para que forme parte del mismo,
teniéndose por reproducido su texto en este apartado. - - - - - -
Por último declaran las comparecientes que a fin de
formalizar la constitución de la sociedad mercantil que pretenden realizar,
otorgan las siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - -
C L A U S U L A S
- - - - - - - - - - - - - - - - - - A T R I B U T O
S - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERA.- DENOMINACION.- Los otorgantes constituyen
una Sociedad Mercantil que se denominará ´´SERVICIOS DE IMPORTACION Y
EXPORTACION´´, pudiendo emplearse la abreviatura S.A. de C.V. - - - - - - - - -
- - - - - - - - -SEGUNDA.- OBJETO SOCIAL.- El objeto de la Sociedad será: - a)
Todo acto de comercio relacionado con la IMPORTACION Y EXPORTACION; así como la
titularidad de los derechos y sujeto de las obligaciones que a toda sociedad
mexicana se le confiere. - - - - - - - - - - - - -
A) Celebrar toda clase de contratos, , que fueran
permitidos por la Ley. - - - - - - - - - - - - - -
B) En ningún caso el objeto social convenido exime
a la sociedad y a sus socios de la estricta observación de las disposiciones y
leyes de interés público. - - - - - - - - - - - - - - - - -
C) Otorgar garantías siempre y cuando se relacionen
con la consecución de los fines de la sociedad. - - - - - - - - - - - - - - - -
-
TERCERA.- DOMICILIO SOCIAL. El domicilio de la
Sociedad será la Ciudad deTapachula, pudiendo establecer representaciones,
sucursales, franquicias por cualquier modo legal, dentro de la República
Mexicana. - - - - - - - - - - - - - - - - - -La Asamblea General de
Accionistas, el Administrador Unico o en su caso el Consejo de Administración,
podrán designar domicilios convencionales, en nuestro caso el mejor ejemplo es
el domicilio del Representante Legal de la Empresa,Vanessa Solis Caballero, 10
av sur no. 74.
CUARTA.- DURACION.- La duración de la Sociedad será
de 36 meses, contados a partir de la fecha de la presente escritura. - - -
QUINTA.- NACIONALIDAD.- La Sociedad tiene a
Nacionalidad Mexicana, por lo que todos los socios extranjeros futuros de la Sociedad,
se obligan formalmente con la Secretaría de Relaciones Exteriores a
considerarse como nacionales respecto a las acciones que adquieran o de que
sean titulares, así como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones
o intereses de que sea titular la Sociedad, o bien de los derechos y
obligaciones que se deriven de los contratos en que sea parte la Sociedad con
Autoridades Mexicanas, y a no invocar por lo mismo la protección de sus
gobiernos, bajo la pena en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación
Mexicana las participaciones sociales que hubieren adquirido. - - - - - - - - -
- - -Lo anterior aparecerá consignado en los títulos o certificados de acciones
que al efecto se emitan. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
C A P I T U L O II
- DE LA ADMINISTRACIÓN - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA SEGUNDA.- La administración de la sociedad
estará a cargo de un Administrador Único o de un Consejo de Administración,
según lo determine la Asamblea de Accionistas; en caso de Consejo estará integrado
por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y el número de vocales que
designe la asamblea. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - -
DÉCIMA TERCERA.- El Administrador Único o los
Miembros del Consejo de Administración tendrán que ser accionistas y durarán
tiempo indefinido en el desempeño de sus cargos, podrán ser reelectos, y
percibirán las remuneraciones que determine la asamblea general de accionistas,
continuarán en sus funciones aún cuando hubiere concluído el plazo para el que
hayan sido designados, mientras no se hagan nuevos nombramientos y los
nombrados tomen posesión de sus cargos. - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA CUARTA.- El Administrador Único, los
Consejeros en su caso, y demás empleados que determine el Consejo, para
asegurar las responsabilidades que pudieran contraer en el desempeño de sus
cargos, deberán caucionar sus manejos a satisfacción del Consejo o de la
Asamblea.- - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA QUINTA.- Para que el Consejo de Administración
funcione legalmente deberá asistir por lo menos la mayoría de sus miembros y
sus resoluciones serán válidas cuando sean tomadas por la mayoría de los
presentes. En caso de empate el Presidente del Consejo tendrá voto de
calidad.-- - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA SEXTA.- El Administrador Único o el Consejo
de Administración en su caso, ejercerá con la mayor amplitud las siguientes
facultades:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a).- Administrar los bienes y negocios de la sociedad
con todas las facultades generales y las especiales, aun las que, conforme a la
ley, requieran mención o cláusula especial, sin limitación alguna, en los
términos del Articulo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código
Civil para el Distrito Federal y su correlativo el Artículo 2453 dos mil
cuatrocientos cincuenta y tres del Código Civil del Estado de Veracruz.- - - -
- - - - - - - - - - - - -
b).- Ejecutar actos de dominio respecto a los
bienes y derechos de la Sociedad, igualmente con todas las facultades generales
y las especiales, aún las que conforme a la Ley requieran Poder o cláusula
especial, sin limitación alguna en los términos de los mencionados Artículos
2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito
Federal y su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y
tres del Código Civil del Estado de Veracruz.- - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - -
c).- Representar a la sociedad inclusive ante toda
clase de autoridades Federales, Estatales o Municipales, Administrativas o
Judiciales o ante árbitros o arbitradores y ante las autoridades de trabajo,
con las atribuciones propias del mandato para pleitos y cobranzas, con todas
las facultades generales y las especiales, aún las que requieran cláusula o
mención especial, sin limitación alguna, en los términos del citado Artículo
2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito
Federal y su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y
tres del Código Civil del Estado de Veracruz, entre estas facultades de una
manera meramente enunciativa las mencionadas en el Artículo 2486 dos mil
cuatrocientos ochenta y seis del ordenamiento legal primeramente citado, para
que en uso de este mandato pueda: desistirse, transigir, comprometer en
árbitros, dirimir controversias a través de amigables componedores, entablar
toda clase de recursos, absolver y articular posiciones, recusar y recibir
pagos, así como presentar testigos, comparecer a remates, haciendo posturas,
mejoras o pujas, recibir pagos y pedir la adjudicación de bienes; se le
confieren facultades expresas para promover querellas, presentar denuncias,
constituirse en parte civil y coadyuvar con el Ministerio Público, otorgar
perdones, interponer y desistirse del juicio de amparo y sus recursos y cuantas
facultades se requieran en toda clase de asuntos penales y laborales. - - - - -
-
d).- Mandato General amplísimo para Pleitos y
Cobranzas, con todas las facultades generales y aún las especiales que
requieran cláusula especial conforme a la ley para tener la representación
patronal, para los efectos de los artículos 11 once, 46 cuarenta y seis, 47
cuarenta y siete, 134 ciento treinta y cuatro, fracción III tercera, 523
quinientos veintitrés, 692 seiscientos noventa y dos, fracciones I primera, II
segunda y III tercera, 786 setecientos ochenta y seis, 787 setecientos ochenta
y siete, 788 setecientos ochenta y ocho, 873 ochocientos setenta y tres, 874
ochocientos setenta y cuatro, 876 ochocientos setenta y seis, 878 ochocientos
setenta y ocho, 879 ochocientos setenta y nueve, 880 ochocientos ochenta, 883
ochocientos ochenta y tres, 884 ochocientos ochenta y cuatro y demás relativos
de la Ley Federal del Trabajo; podrá actuar frente o ante:- - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
1).- Los sindicatos con los cuales existan
celebrados contratos de trabajo y para todos los efectos de conflictos
colectivos.- - - - -
2).- Los trabajadores personalmente considerados y
para todos los efectos de conflictos individuales, en general para todos los
asuntos obrero-patronales y para ejercitarse ante cualesquiera de las
Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales a que se refiere el Artículo 523
quinientos veintitrés de la Ley Federal del Trabajo; podrá así mismo comparecer
ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sean Locales o Federales,
proponer arreglos conciliatorios, celebrar transacciones, para tomar toda clase
de decisiones, para negociar y suscribir convenios laborales; al mismo tiempo
podrá actuar como representante de la sociedad en calidad de Administrador,
respecto y para toda clase de juicios o procedimientos de trabajo que se
tramiten ante cualesquier autoridad. Al mismo tiempo podrá celebrar, modificar,
resolver, novar, extinguir, revocar o rescindir contratos de trabajo, absolver
y articular posiciones, podrá pagar y recibir pagos, podrá interponer toda
clase de recursos, juicios y procedimientos e incluso el amparo, y desistirse
de unos y otros.-
e).- Mandato General Amplísimo para Pleitos y
Cobranzas, con todas las facultades generales y aún las especiales que
requieran cláusula expresa conforme a la ley, para que se tramite todo tipo de
asuntos de naturaleza fiscal y administrativa, ante quien corresponda,
enunciativamente ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, en todas y
cada una de sus dependencias, incluyendo Servicios de Administración Tributaria
(S.A.T.), Administración General de Recaudación, Auditoría Jurídica de Ingresos
y Aduanas, Administraciones Locales de Recaudación, Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, Suprema Corte de Justicia de la Nación,
Secretaria de Finanzas y Administración del Estado, Tesorería Municipal,
Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores y demás Organismos descentralizados o
Paraestatales que directa o indirectamente se relacionen con asuntos fiscales y
administrativos; pudiendo en consecuencia: firmar, gestionar, tramitar, oír y
recibir notificaciones, ofrecer, promover, presentar y rendir pruebas,
presentar promociones y toda clase de documentos, formular alegatos, interponer
recursos, presentar toda clase de documentos, suscribir, firmar, novar,
modificar, extinguir, rescindir, resolver contratos y convenios para los fines
mencionados, siendo lo anterior enunciativo y no limitativo, toda vez que se le
otorga el mandato más amplio como en derecho sea posible y sin limitación
alguna.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
f).- Emitir, suscribir, aceptar, otorgar, endosar,
avalar o en cualquier forma negociar títulos de crédito y obligar
cambiariamente a la sociedad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
g).- Nombrar y remover a los Gerentes de la
Sociedad y señalarles sus facultades, obligaciones y remuneraciones.
h).- En el caso de existir Consejo de
Administración, actuar en el desahogo de sus atribuciones por medio de
Delegados nombrados de entre sus miembros y en su defecto por medio del
Presidente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - -
i).- Ejecutar los acuerdos de la asamblea,
interpretarlos y proveer a su mejor aplicación y cumplimiento.- - - - - - - - -
- - - - - - - - - - -
j).- Nombrar mandatarios con todas las facultades
que en cada caso estime pertinentes, de las que le son propias, al mismo
Consejo o al Administrador Único, en su caso, así como revocar los respectivos
mandatos. - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -
k). – Abrir cuentas bancarias a nombre de la
sociedad y designar a las personas que habrán de girar en contra de ellas. - -
- - - - - -
DÉCIMA SÉPTIMA.- El Administrador Único o el
Presidente del Consejo de Administración en su caso, será el representante
legal de esta Sociedad y del Consejo y cumplirá los acuerdos de este ultimo sin
necesidad de resolución especial alguna; por el solo hecho de su nombramiento
tendrá las facultades asignadas al Consejo en la cláusula décima sexta anterior
y podrá ejercitarlas sin restricción alguna. Nosotros optamos por manejarnos
por medio de un administrador único y no un consejo, su nombre es Pamela
Denisse Solis . - - - - - - - - - - - - - -
C A P I T U L O III
- - - - - - - - - - - - - - - - - - V I G I L A N C
I A - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA OCTAVA.- La vigilancia de la sociedad será
encomendada a un Comisario, que será designado por la asamblea general de
accionistas. Nosotros elegimos Comisaria a
Guillermo Morales Cifuentes. - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA NOVENA.- El Comisario durará en su encargo
un período indefinido, no necesita ser accionista de la sociedad y podrá ser
reelecto; continuará en funciones hasta que la persona designada para
sustituirlo, tome posesión del cargo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMA.- El Comisario tendrá las atribuciones y
obligaciones enumeradas en el Artículo 166 ciento sesenta y seis de la Ley
General de Sociedades Mercantiles.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMA PRIMERA.- El Comisario otorgará las mismas
garantías estipuladas en la cláusula décima cuarta de esta escritura para los
consejeros, y no podrá retirarlas hasta que su gestión haya sido aprobada por
la asamblea general de accionistas.- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - -
C A P I T U L O I V
- - - - - - - -- - - - - - - - ASAMBLEAS GENERALES
- - - - - - - - - -
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Las asambleas generales de
accionistas serán ordinarias y extraordinarias. Las convocadas para tratar
cualquiera de los asuntos incluidos en el Artículo 182 ciento ochenta y dos de
la Ley General de Sociedades Mercantiles serán asambleas extraordinarias.- - -
- - - - - - - - - - -
Todas las demás serán ordinarias.- - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - ---
VIGÉSIMA CUARTA.- Las convocatorias para las
asambleas deberán publicarse en uno de los periódicos de mayor circulación del
domicilio social, por lo menos con quince días de anticipación a la fecha
fijada por la asamblea. Las convocatorias contendrán la Orden del Día y deberán
estar firmadas por la persona o personas que las hagan.- - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - -
VIGÉSIMA QUINTA.- Las asambleas podrán ser
celebradas sin previa convocatoria, si el capital social está totalmente
representado en el momento de la votación. - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMA SEXTA.- Los accionistas podrán ser
representados en las asambleas por la persona que designaren mediante Mandato
otorgado ante dos testigos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Las actas de asambleas serán
registradas en el libro respectivo y serán firmadas por el Presidente y el
Secretario de las asambleas, así como por el Comisario, si éste asistiere. - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMA OCTAVA.- Las asambleas serán presididas
por el Administrador Único o por el Presidente del Consejo de Administración en
su caso, y actuará como Secretario el del propio Consejo o quien se designe
expresamente para tal efecto. En caso de que cualquiera de ellos estuviere
ausente, por la persona o personas a quien o quienes designen los accionistas
presentes, por mayoría de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMA NOVENA.- Las asambleas ordinarias serán
celebradas por lo menos una vez al año, dentro de los tres meses siguientes a
la clausura de cada ejercicio social. Además de los asuntos especificados en la
Orden del Día deberán:- - - -
1.- Discutir, aprobar, modificar y resolver lo
conducente en relación con el balance general y demás documentos contables
después de haber oído el informe del Administrador Único, del Consejo de
Administración en su caso, y del Comisario.- - - - - - -
2.- Nombrar al Administrador Único, a los miembros
del Consejo de Administración y al Comisario, y determinar sus remuneraciones;
y. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
3.- Decidir sobre la aplicación de utilidades.- - -
- - - - - - - - - - - - -
TRIGÉSIMA.- Para ser válidas, las Asambleas
Generales Ordinarias de accionistas, celebradas por virtud de la primera
convocatoria, deberán reunir por lo menos el 50% cincuenta por ciento del
capital social y sus resoluciones serán válidas cuando se tomen por el voto
favorable de la mayoría de acciones. En segunda Convocatoria, la Asamblea será
válida con las Acciones que comparezcan y sus resoluciones serán adoptadas por
mayoría de votos. Las Asambleas Extraordinarias requerirán el Quórum que
establecen los Artículos 190 ciento noventa y 191 ciento noventa y uno de la
Ley General de Sociedades Mercantiles. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - -
- C A P I T U L O V
- - - - - - - - - - - - - - - - PERDIDAS Y
GANANCIAS - - - - - - - - -
TRIGÉSIMA QUINTA.- Deducidos los gastos generales,
entre los que se comprenden pagos y honorarios a los consejeros o al
Administrador Único, y en su caso al Comisario, las utilidades que se obtengan
previa deducción de las cantidades necesarias para las amortizaciones,
depreciaciones y castigos e impuesto sobre la renta, se aplicará como sigue: a)
Se separará un 5% cinco por ciento para formar el fondo de reserva legal hasta
que alcancen el 20% veinte por ciento del capital social. b). Se separarán las
cantidades que la asamblea acuerde para la formación de uno o varios fondos de
reserva especial. c).- Del remanente se distribuirá como dividendos entre los
accionistas en proporción al número de sus acciones, la cantidad que acuerde la
asamblea. d). Los sobrantes repartibles serán llevados a cuenta nueva de
utilidades por aplicar. - - - - - - - - - - -
TRIGÉSIMA SEXTA. - Las pérdidas si las hubiere
serán reportadas primeramente por los fondos de reserva y a falta de éstos se
prorratearán entre el número de acciones.- - - - - - - - - -
C A P I T U L O VI - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - -- - - - - - - DISPOSICIONES GENERALES
- - - - - - - -
CUADRAGÉSIMA.- Las cláusulas de esta escritura
constituyen los Estatutos de la Sociedad de acuerdo con la parte final del
Artículo 6o. Sexto de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- Para todo lo no previsto en
esta escritura se estará a lo que prescribe la Ley General de Sociedades
Mercantiles y demás aplicables a la materia. - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - T R A N S I T O R I
O S - - - - - -- - - - - - - -
ÚNICO.- Los socios fundadores constituidos en este
acto en primera Asamblea General Ordinaria de accionistas tomaron por
unanimidad de votos los siguientes acuerdos:- - - - - - - - - - - - -
1.- Deciden que la sociedad sea administrada por un
Administrador Único designándose para tal cargo a la señorita Olga Lidia Solís
Román Segura a quien se le confieren las facultades establecidas en la cláusula
16a. Décima Sexta de estos estatutos. - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2. Se designa Comisario a Silvia Solís Román
3. Asimismo se le otorgan a la señorita Alma Delia
Solís Román la facultad de Subgerente, así como es la directora Olga Lidia
Solís Román.- - - - - - - - - - - - - -
4. Las personas anteriormente mencionadas otorgan a
satisfacción de la sociedad la garantía a que se refiere la cláusula
Décima-cuarta de esta escritura. - - - - - - - - - - - - - - - - -
5. Las facultades, poderes o mandatos conferidos en
la presente escritura se encuentran otorgados en los términos del Artículo 2554
dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y
en su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y tres del
Código Civil del Estado de Chihuahua supletorios en materia mercantil, que a la
letra dicen: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - -
YO EL NOTARIO DOY FE Y CERTIFICO: - - - - - - - - -
- - - - - - -
a).- Que lo inserto y relacionado concuerda
fielmente con los documentos originales que tuve a la vista, con los cuales me
remito. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - -
(Presidente de la empresa)
AVANCES DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO de MEXICO con GUATEMALA, HONDURAS Y EL
SALVADOR
El
Tratado de Libre Comercio México- Triángulo del Norte (TLCTNM) constituye un
gran avance en la estrategia de política de negociaciones comerciales
internacionales de México, la cual busca ampliar, diversificar y mejorar el
acceso de los productos nacionales a los mercados externos, permite obtener
reciprocidad a nuestro proceso de liberalización comercial, reduce la
vulnerabilidad de nuestros exportadores ante medidas unilaterales por parte de
nuestros socios comerciales y fomenta los flujos de inversión extranjera
directa hacia México. · Este tratado de libre comercio es uno de los mandatos
fundamentales del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla; junto con los
tratados suscritos con Costa Rica y Nicaragua, se da uno de los últimos pasos
hacia una zona de libre comercio entre México y Centroamérica. · Después de
cuatro años de consultas, a partir de la reanudación de las negociaciones
establecidas en la Reunión Cumbre de Tuxtla II, en 1996, se celebraron 18
rondas de intensas negociaciones, concluyéndose las negociaciones el 10 de mayo
del 2000. Este tratado entrará en vigor el 1° de enero del 2001. · El tratado
de libre comercio entre México y El Salvador, Guatemala y Honduras facilitará
la compra y venta de productos industriales y agrícolas entre los cuatro
países, a través de la eliminación paulatina de aranceles que pagan los
productos para entrar a dichos mercados y un conjunto de disciplinas que
regularán la relación comercial entre los países integrantes del tratado;
también incluye disciplinas para regular la compra y venta de servicios. · Se
logró un acuerdo moderno, ambicioso, integral y completo, que abre nuevas y
mejores oportunidades para el incremento de las exportaciones, la mayor
disponibilidad de insumos y servicios para la industria nacional, así como la
atracción de nuevas inversiones y creación de alianzas estratégicas entre
empresas; fomentando así el crecimiento económico, el incremento en
productividad y competitividad de nuestros productos, el desarrollo industrial
y regional y la creación de más y mejores empleos,
La renegociación del Tratado de Libre Comercio
(TLC) entre Centroamérica y México avanzó en 60%, tras concluir la cuarta ronda
de pláticas en la Ciudad de Guatemala, el fin de semana.
Los capítulos de acceso a mercados, compras de
gobierno, reglas de origen, servicios, solución de controversias, medidas
fitosanitarias y comercio electrónico registran los mayores avances, dijeron
las partes negociadoras al periódico guatemalteco Prensa Libre.
Para marzo se estipula completar el tema de
facilitación del comercio, a través de una ronda virtual. Con esta misma
modailidad, se programó otro encuentro en abril.
La quinta ronda oficial se celebrará entre el 23 y
27 de mayo, en la capital mexicana. El límite para cerrar la negociación está
previsto para octubre.
Una vez finalicen las pláticas, el acuerdo pasará a
los congresos de cada nación, para su ratificación y puesta en vigencia.
México y la región están replanteando la
integración del acuerdo comercial firmado hace 10 años en tres bloques: el CA 3
(Guatemala, El Salvador y Honduras), Costa Rica y Nicaragua.
Representantes de los gobiernos de México y Centroamérica concluyeron la quinta ronda de negociaciones en la Ciudad de México y programaron una próxima reunión en agosto en El Salvador.
Estas negociaciones buscan unificar los tres tratados comerciales que México tiene con Costa Rica (1995), Nicaragua (1998), y uno conjunto con Guatemala, Honduras y El Salvador (2001), ya que Centroamérica representa un mercado potencial de 38 millones de personas.
Desde que se firmó el tratado con Costa Rica, el comercio bilateral se ha incrementado en 2,100%, con Nicaragua 330%, y con Guatemala, Honduras y El Salvador 200 por ciento.
Las importaciones de la región ascienden a alrededor de 50,000 millones de dólares pero México sólo participa con 8 por ciento
- ¿Cuantos Tratados tiene México firmados con otros países?
México cuenta
con una red de 11 tratados de libre comercio que cubre 43 países. Además cuenta
con 6 Acuerdos de Complementación Económica (ACE's), ha firmado Acuerdos para
la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (que fomentan la
protección jurídica de los flujos de capital destinados al sector productivo)
con 25 países y suscrito Acuerdos para Evitar la Doble Tributación (que evitan
que el contribuyente sea gravado por impuestos de naturaleza equiparable y en
un mismo periodo por dos o más jurisdicciones fiscales) con más de 31 países. Tratados comerciales
en esta seccion encontrara en mapa que presenta los Tratados de Libre Comercio
y Acuerdos que México ha firmado desde que ingresó al GATT (Acuerdo General
sobre Comercio y Aranceles, por sus siglas en inglés). Entre los tratados que
México ha firmado destacan el Tratado de Libre Comercio de América del Norte
(TLCAN), el Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea y el Acuerdo
Latinoamericano de Integración (ALADI).
SAN SALVADOR
Principales
productos comercializados entre México y El Salvador
|
Productos
Exportados desde México hacia El Salvador (4 dígitos)
|
%
Part.
|
Productos
Importados por México desde El Salvador (4 dígitos)
|
%
Part.
|
|
Aceites
Crudos De Petróleo O De Mineral Bituminoso
|
28%
|
T-Shirts
Y Camisetas Interiores De Punto
|
17%
|
|
Aparatos
Eléctricos De Telefonía O Telegrafía
|
6%
|
Medicamentos
|
7%
|
|
Dátiles,
Higos, Piñas (Ananás), Aguacates,
|
2%
|
Calzoncillos,
Incluidos Los Largos Y Los Slips,
|
6%
|
|
Artículos
Para El Transporte O Envasado, De Plástico
|
2%
|
Condensadores
Eléctricos Fijos, Variables
|
6%
|
|
Maíz
|
2%
|
Las
Demás Placas, Láminas, Hojas Y Tiras, De Plástico
|
5%
|
|
Aparatos
Receptores De Televisión,
|
2%
|
Polímeros
De Cloruro De Vinilo O De Otras Olefinas
|
4%
|
|
Medicamentos
|
2%
|
Tejidos
De Fibras Sintéticas Discontinuas
|
4%
|
|
Alambrón
De Hierro O Acero Sin Alear
|
2%
|
Hilados
De Algodón
|
4%
|
|
Cebollas,
Chalotes, Ajos, Puerros Y Demás Hortalizas
|
1%
|
Pescado
Congelado
|
3%
|
|
Preparaciones
Capilares
|
1%
|
Cajas,
Sacos (Bolsas), Bolsitas, Cucuruchos Y Demá
|
3%
|
|
Subtotal
|
50%
|
Subtotal
|
57%
|
|
Otros
Productos
|
50%
|
Otros
productos
|
43%
|
|
Total
|
100%
|
Total
|
100%
|
Relaciones y Tratados con San Salvador
Después
de intensas negociaciones por incluir a México en el TLC del Triángulo del
Norte, finalmente en mayo de 2000 concluyó satisfactoriamente la negociación.
Después del TLC, alrededor del 57% de las exportaciones de México al Triángulo
del Norte quedaron libres de arancel de inmediato (productos químicos,
autopartes, vehículos pesados y ciertas herramientas, entre otros), el 15% se
desgravó en un plazo de 3 a 5 años (llantas, textiles, confección, acumuladores
y lápices) y el 28% restante lo hará en un plazo de 7 a 10 años (productos
plásticos, pinturas, ciertos cables, pilas, plumas, bolígrafos, muebles,
tornillos y ciertos electrodomésticos).
Por su parte, México desgravó a la entrada en vigor del Tratado el 65% de las
importaciones que realiza del Triángulo del Norte y el 24% en un plazo de 3 a 5
años.
México tiene una posición privilegiada en ese mercado, por la cercanía
geográfica, similitudes de idioma, cultura y patrones de consumo. Para el
Triángulo del Norte este tratado con México significa acceso a un mercado de
más de 104 millones de habitantes, tres veces más que la población total de El
Salvador, Guatemala y Honduras.
Además México mantiene un Acuerdo sobre Transporte Aéreo y diversos acuerdos
sobre cooperación turística, cooperación técnica y científica, cooperación
educativa y cultural, entre otros.
PRODUCTOS QUE YA ESTAN LIBERADOS
cigarrillos
bebidas alcohólica
perfume
café
té
QUIENES ESTÁN INTERESADOS EN EXPORTAR E IMPORTAR
BANCO DE COMERCIO EXTERIOR
1.- Empresas
con potencial exportador
- Pymexporta
- Exportapymes
- Programas empresariales (NAFIN) Banca comercia
- Fondo
Pyme
- ANIERM : Asociación
Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana
- Promexico
- Bancomext
- ¿Cuáles son los canales de distribución en México?
La red de
distribución mexicana está constituida por canales muy diversos, como son
importadores directos, representantes, agentes de ventas, distribuidores,
detallistas, así como por empresas subsidiarias de exportadores extranjeros.
Los distribuidores-importadores comienzan a ver disminuir su importancia hoy en
día, y tienden a adquirir por su propia cuenta sólo las líneas de productos más
simples y de menor precio, y a actuar como agentes de ventas en el caso de
productos más especializados y de mayor precio. El procedimiento más común para
ventas directas de bienes de capital a usuarios finales consiste en vender a
través de agentes que demandan en función de las necesidades de los
compradores. En general se prefiere comprar directamente al proveedor extranjero
siempre que sea posible. Venta directa a detallistas: El conocimiento del
mercado y el establecimiento de contactos empresariales requieren una
implantación real. Es muy recomendable contar con asesoría legal y fiscal para
evitar desarrollar actividades que pudieran considerarse establecimiento
permanente, lo cual supondría verse la empresa sometida al impuesto sobre la
renta. Representante de ventas: Por lo general los agentes son más
recomendables en caso de prestación de servicios o venta a grandes clientes,
incluidas las administraciones federales, estatales y locales y bienes
industriales de difícil o costoso almacenaje. En cambio, la figura del
distribuidor está más adaptada a la venta de bienes de consumo. Agente de
ventas: Es importante tener en cuenta que según la Ley Federal del Trabajo, el
agente puede ser considerado como un empleado de la empresa exportadora
extranjera por los servicios que preste en México, con independencia de la
nacionalidad o residencia del empleador. Esta ley establece que toda persona
que realice ventas bajo supervisión directa, se considerará empleado por la
persona para la cual realiza las ventas. En este caso, la compañía tendrá que
cumplir todos los requisitos legales estipulados por dicha ley. Franquicias:
Gozan de muy buena aceptación y creciente popularidad en México. La compañía
extranjera cede el uso de sus derechos de propiedad intelectual, así como el
know how a cambio de regalías y otros pagos por la franquicia. Al término del
contrato y en caso de transferencia de know-how, el franquiciado podrá
convertirse en un competidor. Para mitigar este riesgo, se puede incluir una
cláusula de no-competencia en el contrato de franquicia. Por otra parte, las
regalías percibidas de la contraparte mexicana serán gravadas en México. En
virtud del Convenio entre España y México para evitar la doble imposición, el
impuesto no podrá exceder del 10% del importe bruto de las regalías. No
obstante, si el receptor de las regalías está sometido a gravamen en España por
éstas, sólo tributará en España. Por último, el franquiciador deberá tener en
cuenta las leyes de competencia mexicanas que penalizan las prácticas
monopolísticas (fijación de precios, obligación de compra, etc.)
SERVICIOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION
En 2012 se
inicia como SERVICIOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION en Tapachula,Chis. A partir
de ese momento nos hemos concentrado en la mejora continua de nuestros
servicios, armonizando con los diversos sistemas de calidad que hemos
implementado, los cuales nos han llevado a obtener las certificaciones más
importantes, por parte de organismos internacionales, así como premios por
parte de Gobiernos estatales y por parte de nuestros clientes.
Desde
principios de la década pasada hemos sido una de las empresas al servicio del
comercio exterior, con mayor visión para el desarrollo de herramientas
tecnológicas, ubicándonos como líder en el aprovechamiento de sistemas de
última generación.A lo largo de nuestra historia, nos hemos fortalecido con
recursos materiales y patentes propias, sin depender de otras compañías para
brindar nuestros servicios.
Hemos crecido
como un grupo bien organizado, homogenizando el crecimiento de todas las áreas
de nuestras empresas, brindando equilibrio constante de los servicios que brindamos
NOMBRE DE
LA EMPRESA: BAMA de SA. de C.V.
ESLOGAN:
“ Lo mejor a tu alcance”
GIRO DE LA
EMPRESA: Servicio de Exportación y de Importación
TAMAÑO DE
LA EMPRESA: Mediana
ORIGEN DE
CAPITAL: Privado
OBJETIVOS:
OBJETIVOS:
A corto
plazo: Destacar entre otras empresas para ser la mejor empresa encargada de la
importacion y de la exportacion
A
mediana plazo: Una vez que nuestra empresa sea reconocida esperamos juntamente
con nuestros accionista obtener buenas ganancias
A largo
plazo: Que nuestra empresa exportadora crezca y sea reconocida como la mejor
empresa encargada de importar y de exportar diversos productos en varios
lugares de la Republica Mexicana y compren nuestros productos y se llegue a
extender a nivel mundial
ANTECEDENTES:
La
empresa BAMA se origino a principios del año 2012 por la empresaria Pamela
Barrios Matus cuya carrera universitaria es Ingeniería Industrial. La empresa
BAMA empezó como una pequeña empresa encargada de importar y exportar productos
entre Guatemala y México. Poco a poco fue creciendo con el fin de generar mas
empleos y de extenderse por toda la Republica Mexicana
MISIÓN:
La
misión de esta empresa es colocarnos como la mejor empresa de exportación y de
importación empezando a nivel nacional y extendiéndose a nivel internacional
VISIÓN:
La
visión que esta empresa tiene es expandir nuestro negocio con el fin de que la
economía en muchas empresas crezca y generar mas empleo a personas deseosas de
trabajar
PLANES:
Los
planes de nuestra empresa es principalmente importar y exportar productos
empezando por la zona de Chiapas y obtener una buena ganancia para así poder
extendendernos por la Republica Mexicana. Generar mas empleo a las personas
deseosas de trabajar y a las personas con necesidades
PROPOSITOS:
Nuestro
proposito es brindarle el mejor servicio de importación y exportación al
cliente para que conozcan nuestro mango de la zona Chiapaneca.
RECURSOS:
- Financiero: Los recursos
financieros son el efectivo y el conjunto de activos financieros que
tienen un grado de liquidez. Es decir, que los recursos financieros pueden
estar compuestos por:
- Dinero en efectivo
- Préstamos a terceros
- Depósitos en entidades financieras
- Tenencias de bonos y acciones
- Tenencias de divisas - Materiales: Los recursos
materiales son los bienes tangibles que la organización puede utilizar
para el logro de sus objetivos. En los recursos materiales podemos
encontrar los siguientes elementos:
-
Maquinarias
-
InmuebleS
-
Insumos
-
Productos terminados
-
Elementos de oficina
-
Instrumentos y herramientas
- Humano: en este recurso contamos
con un amplio personal deseoso de trabajar y especializado en varias
zonas.
- Tecnológico: en este recurso
nuestra empresa esta totalmente a la vanguardia de la tecnología. con
recursos renovados con el fin de brindarles un mejor servicio y la mejor
calidad de nuestro producto.
ÁREAS:
-Producción: Elaboración, suministro, coordinación de productos.
-Mercadotecnia: Factores y hechos que influyen en el mercado para ofrecer un producto.
-Finanzas: Obtención de fondos y suministro de capital como lo que es la administración etc.
-Recursos Humanos: Conseguir y conservar un grupo humano de trabajo
-Producción: Elaboración, suministro, coordinación de productos.
-Mercadotecnia: Factores y hechos que influyen en el mercado para ofrecer un producto.
-Finanzas: Obtención de fondos y suministro de capital como lo que es la administración etc.
-Recursos Humanos: Conseguir y conservar un grupo humano de trabajo
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